jueves, 7 de julio de 2011

Rondas campesinas, seguridad o exceso de protección a sus comunidades


En una sociedad democrática, todas las personas deben considerarse con igual valor por su condición de seres humanos y tener los mismos derechos y obligaciones básicas, reconocidas normativamente y se trata de que las personas gocen efectivamente de esta igualdad en derechos, teniendo en cuenta la diversidad cultural.

Sin embargo, a pesar de este amplio reconocimiento normativo de las rondas campesinas por parte del Estado y de que la Corte Suprema de Justicia declarara en junio de 2004 que ejercen funciones jurisdiccionales, se siguen registrando serios problemas entre las rondas y los órganos estatales responsables del servicio de justicia. Efectivamente, la Defensoría del Pueblo ha detectado que desde el Estado no se comprende en muchos casos la importante función que las rondas campesinas cumplen en materia de seguridad y justicia comunal. Así, en ocasiones se pretende desconocer a estas organizaciones cualquier tipo de competencia en estos ámbitos, calificando sus actuaciones como delictivas y procesando a sus dirigentes. En otros casos, se trata de restringir al máximo sus posibilidades de actuación debilitando sus posibilidades de brindar seguridad y justicia pronta y rápida en sus comunidades.

Desde los límites norteños de los Andes peruanos, como los de Ayabaca, Huancabamba o Jaén, hasta los sureños, como Ayaviri o Carabaya, las noticias sobre la justicia campesina o comunal, vistas como aciertos o excesos, vienen llamando la atención, cada vez más, de periodistas, y por medio de ellos, de muchos ciudadanos peruanos. Estas noticias, leídas en profundidad, dan cuenta de procesos sociales que pueden estar augurando un nuevo diseño del Estado Peruano. Actores centrales de estos procesos son las rondas campesinas, que vienen lidiando con las dificultades propias de cualquier organización en un entorno de múltiples carencias y desafíos, especialmente los derivados de las ausencias o las deficiencias de las instituciones estatales en relación con la garantía de la seguridad y la justicia rural. Así, como lo advirtió tempranamente Raquel Yrigoyen en diferentes publicaciones, las rondas campesinas vienen recreando una institucionalidad social en importantes zonas del mundo rural andino – peruano. En efecto, las rondas campesinas son organizaciones que representan y estructuran la vida comunal ejerciendo funciones de seguridad, justicia e interlocución con el Estado, garantizando la paz comunal. Además, vienen organizando esfuerzos y recursos para el desarrollo rural. , dentro de su ámbito territorial. Éste suele caracterizarse, desde el punto de vista de la institucionalidad, por la ausencia o debilidad del Estado para garantizar el orden y el respeto a los derechos fundamentales de la persona humana.


Por: Stephanie Katiushka Carrion Rivas

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